Reglamento General

Reglamento General de Usuarios del Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto

Señores usuarios: El Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, recientemente mudado al edificio del Archivo General de la Administración Nacional, se encuentra en plena etapa de organización, clasificación y digitalización de su fondo documental, motivo por el cual el presente reglamento se encuentra sujeto a modificaciones y cambios conforme vaya avanzando el proyecto. El material que usted consultará es patrimonio histórico de nuestro país. Para contribuir a su conservación y para que otros investigadores puedan acceder a él en el futuro, deberá cumplirse con el reglamento de funcionamiento. Esto permitirá fomentar la aplicación de los métodos adecuados para el manejo de libros y documentos históricos.

CONDICIONES GENERALES

  1. Se deberá completar un formulario de ingreso en el cual se ingresarán sus datos personales y el material de la consulta.
  2. No está permitido comer ni beber en la sala de consultas.
  3. No se permitirá el ingreso con cuadernos, carpetas, bolsos, mochilas etc. Sólo se autorizará el ingreso con hojas sueltas tamaño ficha.
  4. No se permitirá el ingreso a la sala de consulta con biromes, lapiceras y cualquier tipo de tinta. Sólo se permitirá el uso de lápiz negro.
  5. El usuario podrá ingresar a sala de consultas con una computadora portátil, grabador y cámara fotográfica (digital / sin flash), notificando al personal del Archivo a cargo de la atención al usuario.
  6. Queda terminantemente prohibido escribir los documentos.
  7. No apoyar ningún tipo de objeto sobre el material consultado, incluso los papeles, fichas, en los cuales toma notas.
  8. El material deberá manipularse en todos los casos con guantes de látex. Se encuentren en riesgo por su estado de conservación y/o por tratarse de documentación clasificada (secreto, confidencial, reservado, etc.) Podrá denegarse también para su debido resguardo y preservación su reproducción fotográfica, fotocopiado y/o escaneo.
  9. El personal del archivo podrá limitar o denegar el acceso a documentos que: no se encuentren en condiciones para la consulta; se encuentren en riesgo por su estado de conservación y/o por tratarse de documentación clasificada (secreto, confidencial, reservado, etc.). Podrá denegarse también para su debido resguardo y preservación su reproducción fotográfica, fotocopiado y/o escaneo.
  10. Cualquier tipo de reproducción del material está sujeta a la autorización de la Dirección del Archivo. Se necesitará una autorización del Archivo para el uso de una cámara fotográfica (digital / sin flash). En todos los casos se deberá entregar copia al Archivo del material reproducido.
  11. En todos los casos el Usuario deberá citar fidedignamente la procedencia de la documentación.
  12. Sólo se entregarán manuscritos originales cuando el material solicitado no se encuentre digitalizado.
  13. No estarán permitidas actitudes o conductas que puedan perturbar a usuarios y personas que circulen u ocupen espacios compartidos, ni a aquellas que afecten el mantenimiento del orden y al cuidado de las instalaciones, equipamiento y materiales del ámbito de su acceso o uso.
  14. La mutilación, deterioro, robo, hurto, o sustracción parcial o total de los documentos quedan sujetos a la aplicación del artículo 173 incisos 9, 184 y concordantes del Código Penal.
  15. El usuario tendrá a su disposición el Libro de Quejas y Sugerencias que deberá solicitar al personal del Archivo a cargo de la atención al usuario.
  16. Al retirarse, el usuario, deberá entregar el material consultado al responsable de la Sala.